Referencia del Consejo de Ministros
SUMARIO
Trabajo y Economía Social
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Justicia
Hacienda y Función Pública
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Agricultura, Pesca y Alimentación
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Cultura y Deporte
Sanidad
Derechos Sociales y Agenda 2030
Universidades
ACUERDOS DE PERSONAL
Presidencia del Gobierno
Trabajo y Economía Social
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Agricultura, Pesca y Alimentación
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Cultura y Deporte
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS
ASUNTOS GENERALES
Asuntos Económicos y Transformación Digital
Cultura y Deporte
Consumo
REAL DECRETO-LEY OMNIBUS DE TRANSPOSICIÓN DE DIRECTIVAS EUROPEAS
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley Omnibus que incluye, entre otras, la transposición de las directivas europeas de Bonos Garantizados y Distribución transfronteriza de fondos, de Derechos de Autor y Derechos Afines en el Mercado Digital Único, y para la mejora y modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión Europea y del régimen sancionador en materia de consumo.
Directivas sobre Bonos Garantizados y distribución transfronteriza de fondos
La Directiva de Bonos Garantizados completa la regulación sobre este instrumento financiero, que corresponde en España con las cédulas y bonos hipotecarios, territoriales y de internacionalización. La norma, en línea con la recomendación de la Junta Europea de Riesgo Sistémico, establece qué entidades pueden emitir Bonos Garantizados (las entidades de crédito), armoniza los criterios y condiciones de emisión, el conjunto de cobertura que sirve como garantía, las reglas aplicables en caso de insolvencia y resolución, el organismo de control del conjunto de cobertura y la obligación de disponer de un colchón de liquidez. De esta forma se mejora la protección de los inversores y el atractivo de estos instrumentos y se avanza en la creación de un verdadero mercado único.
De manera específica la directiva define los tipos de activos que pueden formar parte del conjunto de cobertura del bono garantizado. En este ámbito, la norma permite las estructuras intragrupo de bonos garantizados, realizadas por varias entidades que forman parte del mismo grupo, así como la utilización de activos de cobertura adquiridos de otras entidades. Su papel es decisivo para facilitar la concesión de préstamos hipotecarios, de préstamos a administraciones autonómicas y locales y para apoyar la internacionalización de empresas.
Se precisa la composición mínima de activos que debe incorporar cada bono emitido, garantizando al inversor que el valor de la totalidad de los pasivos esté cubierto por el de los derechos de créditos correspondientes a los activos integrados, más un colchón de liquidez, formado por activos de elevada liquidez que puedan cubrir las salidas netas del programa de bonos garantizados durante los siguientes 180 días.
Asimismo, se definen los elementos para la valoración de los activos que forman parte del conjunto de cobertura, debiendo realizarse la valoración de cada activo en el momento en que se incorpore al conjunto de cobertura, y actualizándose periódicamente su valor.
La norma establece también las características propias de los distintos tipos de bonos garantizados. En el caso de las cédulas hipotecarias, el valor de los préstamos hipotecarios incorporados a la cobertura no podrá exceder del 60% del valor del inmueble que lo garantiza, o del 80% si se trata de un inmueble residencial.
También debe destacarse que los activos deberán estar perfectamente identificados mediante un registro especial que deberá llevar la entidad y que supervisará el órgano de control del conjunto de cobertura. Este registro permitirá a la entidad mantener estos activos segregados del resto y que pueda realizarse la constitución efectiva del patrimonio separado en caso de concurso o resolución. Se refuerza así la seguridad jurídica a la vez que la calidad crediticia del producto.
Con el fin de incrementar la protección de los inversores, se establece un régimen de supervisión reforzado, sobre la base de dos ejes: por una parte la entidad emisora deberá designar un órgano independiente de control permanente del conjunto de cobertura, que podrá ser interno o externo y deberá ser autorizado por el Banco de España para cada programa de emisión; y por otra parte, se designa al Banco de España como organismo supervisor, encargado de realizar un control continuo, desde la autorización del órgano de control hasta la propia autorización de cada programa de emisión.
Adicionalmente, se regula la actuación en caso de concurso o resolución de la entidad emisora, estableciéndose la segregación del conjunto de la cobertura del patrimonio de la entidad y formando un patrimonio separado del que se retribuirá a los bonistas. Se designa asimismo a un administrador especial encargado de realizar la gestión de este patrimonio separado. El objetivo es garantizar que los bonistas no se vean afectados por el concurso o la resolución.
Finalmente, se establece un régimen sancionador, para dotar al supervisor de la capacidad de reacción frente a posibles incumplimientos. El régimen establecido y la tipificación de las infracciones y de las sanciones es similar al régimen previsto en la normativa aplicada a las entidades de crédito y será competencia del Banco de España.
La transposición de la directiva de Bonos Garantizados hace más eficiente la financiación del sector financiero español, ya que le permite aprovechar mejor su balance para aportar financiación a la economía real, sin escatimar en la calidad crediticia del producto.
Distribución transfronteriza de fondos
El Real Decreto-ley Omnibus transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva de Distribución transfronteriza de fondos, que se enmarca en la Unión para el Mercado de Capitales. Está dirigida a mejorar las condiciones para la inversión colectiva transfronteriza, avanzando en el proceso de desintermediación de la economía europea y de impulso a la financiación a través del mercado y facilitando el acceso a la inversión de los clientes minoristas entre distintos los Estados miembros, garantizando su adecuada protección.
La transposición de la Directiva se realiza mediante la introducción de modificaciones en la legislación nacional en materia de Instituciones Inversión Colectiva. De forma específica, se introducen medidas para facilitar y agilizar las condiciones de los gestores de fondos que operan en el mercado interior.
Se desarrollan medidas para facilitar la comercialización de organismos de inversión colectiva a inversores de otros Estados miembros, eliminando la exigencia de presencia física local en el Estado miembro de destino.
Se aclaran las condiciones para el cese de la comercialización de fondos organismos de inversión colectiva y de fondos alternativos en el Estado Miembro de destino. En concreto, se busca asegurar el nivel de garantías y protección de los inversores junto con la flexibilidad de los gestores para interrumpir la comercialización de un fondo.
Finalmente, se introduce una regulación de la precomercialización de los fondos alternativos con el fin de armonizar sus condiciones en todos los Estados miembros.
La transposición de esta directiva potencia la Unión de Mercado de Capitales abre vías alternativas a la financiación de la economía española sin reducir la protección de los inversores.
Directivas sobre Derechos de autor y Derechos digitales en el Mercado Digital Único
El Real Decreto-ley también transpone al derecho español la Directiva (UE) 2019/789 que establece normas sobre el ejercicio de los derechos de autor y derechos afines aplicables a determinadas transmisiones en línea de los organismos de radiodifusión y a las retransmisiones de programas de radio y televisión; y la Directiva (UE) 2019/790 sobre los derechos de autor y derechos afines en el Mercado Único Digital.
La norma tiene por objeto adaptar los derechos de autor al entorno digital teniendo en cuenta los nuevos comportamientos de los usuarios e introduciendo medidas para corregir los desequilibrios que la aparición de nuevos intermediarios en el entorno digital ha provocado en el mercado con grave perjuicio para los titulares de derechos. Los criterios seguidos en el Real Decreto de transposición se han basado en la fidelidad al texto de las directivas.
Medidas para corregir la brecha de valor
1. En cuanto a la protección de las publicaciones de prensa en lo relativo a los usos en línea (artículo 15 de la directiva europea), el Real Decreto-ley reconoce un nuevo derecho conexo para editores y autores de prensa creado en la directiva europea. Se trata de un derecho con entidad propia, del que son titulares las editoriales de publicaciones de prensa y agencias de noticias respecto a los usos en línea de sus publicaciones de prensa, frente a los prestadores de servicios de la sociedad de la información.
Con la transposición de la directiva europea, se regula en nuestro país la actividad consistente en la reproducción de un fragmento de la publicación (snippet) por parte de agregadores de contenido/noticias, para su posterior puesta a disposición en sus propias páginas o plataformas.
Con respecto a la forma de gestión de este derecho, el Real Decreto-ley no se pronuncia al respecto, dando así la opción y libertad a cada de editor y titular de derechos de gestionarlo, bien de manera individual, mediante negociación directa con los agregadores digitales de contenido, o bien a través de una entidad de gestión colectiva con carácter voluntario, no obligatorio.
La negociación de las autorizaciones a los agregadores de contenido para la utilización de estos materiales se realizará de acuerdo con los principios de buena fe contractual, diligencia debida, transparencia y respeto a las reglas de la libre competencia, excluyendo el abuso de posición de dominio en la negociación.
2. En lo referente a los prestadores de servicios de la sociedad de la información, cuya finalidad principal consiste en permitir a los usuarios subir y compartir obras y prestaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual, que posteriormente organizan y promocionan con fines lucrativos, necesitarán contar con una autorización del titular de derechos. En este sentido, el Real Decreto-ley determina que si estos prestadores no obtienen esta autorización, estarán sometidos a un régimen de responsabilidad específico (artículo 17 de la directiva europea).
Además, el Real Decreto-ley establece con carácter imperativo una serie de normas que pretenden garantizar que los autores y artistas intérpretes o ejecutantes obtengan una remuneración adecuada y proporcionada por la cesión de sus derechos.
Nuevos límites o excepciones a los derechos de propiedad intelectual
Las leyes de propiedad intelectual pueden prever los denominados límites o excepciones a los derechos exclusivos de carácter patrimonial, con la finalidad de lograr un equilibrio entre los intereses de los autores y demás titulares de derechos y los intereses de los usuarios de contenidos.
El RDL incorpora, dentro de los márgenes de la Directiva MUD, los siguientes nuevos límites o excepciones:
a) Se contempla una excepción en beneficio de organismos de investigación e instituciones responsables del patrimonio cultural, para que puedan llevar a cabo, con fines de investigación científica, minería de textos y datos de obras u otras prestaciones a las que tengan acceso lícito. Para aquellos casos en los que la organización que pretenda realizar labores de minería de textos y datos no sea un organismo de investigación o institución responsable del patrimonio cultural o la finalidad de la actividad de minería sea ajena a la investigación científica, se prevé la posibilidad de que el titular de derechos de la obra afectada establezca una reserva de derechos. En este caso, se requerirá una licencia. Ninguno de los dos límites anteriores lleva aparejado una remuneración a favor de los titulares de derechos.
b) Permite el uso digital de obras y prestaciones a efectos de ilustración con fines educativos, en centro de enseñanza reconocido por un Estado miembro, independientemente del nivel educativo, en la medida en la que los usos se justifiquen por la finalidad no comercial de la actividad docente.
c) Posibilita a las instituciones responsables del patrimonio cultural la reproducción con fines de conservación de obras que se encuentren permanentemente en sus colecciones.
d) Otras medidas: uso de obras fuera de comercio por instituciones de patrimonio cultural. Se prevé que las entidades de gestión colectiva puedan conceder licencias de derechos de autor no exclusivas, con fines no comerciales, para la reproducción, distribución, comunicación pública, cuando se encuentren de forma permanente en la colección de una institución de patrimonio cultural.
España se suma así a varios Estados miembros de la Unión Europea que ya han transpuesto esta nueva regulación a sus ordenamientos internos, para que sus contenidos digitales ganen oportunidades de competir en el Mercado Único Digital europeo.
El Gobierno da respuesta a las demandas del sector cultural español y, en especial, a la referida a la regulación específica de la responsabilidad de aquellas plataformas en línea que permiten el almacenamiento e intercambio de contenido protegido por derechos de propiedad intelectual subido por los usuarios.
Directivas para la mejora y modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión Europea y del régimen sancionador en materia de consumo
Con este Real Decreto-ley también se modifica el texto refundido de la Ley General de Defensa de los Derechos de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) para adaptarla a las nuevas formas de comercio electrónico y regular comportamientos empresariales perjudiciales para los derechos de las personas consumidoras que, hasta ahora, carecen de regulación específica. Con esta reforma, se transpone al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/216 para la mejora y modernización de las normas de protección de los consumidores de la Unión Europea y del régimen sancionador en materia de consumo.
A partir de su entrada en vigor, el Ministerio de Consumo tendrá competencia sancionadora en casos de fraudes masivos que afecten a varios países o a la unidad de mercado. Así, el Ministerio de Consumo podrá actuar como autoridad sancionadora contra aquellas infracciones que puedan afectar a la unidad del mercado y a la competencia, cuando sucedan en varios Estados de la UE o cuando el infractor no esté localizado en España en infracciones en relación con el comercio electrónico.
Por otro lado, la reforma supone un avance en derechos para los consumidores y perseguirá la práctica desleal de reventa de entradas a espectáculos mediante bots cuando impidan que todos los consumidores puedan acceder al mercado con normalidad. En la misma línea, recoge por primera vez la prohibición de la publicidad encubierta en redes sociales, hasta ahora no regulada expresamente, y la publicación de reseñas y valoraciones falsas o pagadas por el fabricante en los productos a la venta en internet. En este sentido, el empresario tendrá que garantizar que las reseñas que aparezcan proceden de consumidores o usuarios que realmente han adquirido el bien o utilizado el servicio. Se considerará, en la reforma de la Ley, como práctica desleal incluir reseñas procedentes de consumidores sin comprobar que han adquirido realmente el bien o la inclusión de reseñas falsas.
Igualmente, la nueva normativa incluye controles a los buscadores online cuando otorguen puntuaciones y valoraciones superiores a bienes o servicios con respecto a los de sus competidores y no informen a los consumidores de que su posicionamiento responde a publicidad pagada. Con la modificación, los motores de búsqueda tendrán que mostrar una descripción de los parámetros utilizados para establecer la clasificación de los resultados. En el caso de que un precio haya sido personalizado para el consumidor, sobre la base de una toma de decisiones automatizada, se deberá informar de este hecho.
La reforma de la Ley también supone regular por primera vez la calidad dual de los productos y considera como desleal comerciar un bien como idéntico cuando los productos sean diferentes, para evitar que determinadas marcas varíen la calidad de un mismo producto dependiendo del Estado miembro donde comercialicen.
El Real Decreto-ley actualiza el concepto de mercado en línea, al que se le dota de neutralidad desde el punto de vista tecnológico para referirse a un servicio que emplea programas incluidos en su web, parte de una web o una aplicación, operado por o a cuenta del empresario que permite a los consumidores celebrar contratos a distancia con otros empresarios o consumidores. Asimismo, incluye la obligación de informar sobre si el tercero que ofrece el bien o servicio ostenta la condición de empresario o es un particular. En el caso de particulares, debe constar la mención expresa de no aplicación de la normativa de defensa de los derechos de consumidores o usuarios al contrato. De otro lado, estas webs tendrán que informar del reparto de responsabilidades contractuales entre el tercero que ofrece el bien o servicio y el proveedor del mercado en línea.
Régimen sancionador
El Real Decreto-ley recoge un nuevo régimen sancionador competencia del Estado, teniendo en cuenta que las acciones comerciales son cada vez más transfronterizas. La intención del Ministerio de Consumo es que las multas derivadas de los fraudes a consumidores sean efectivas, proporcionadas y disuasorias, como exige la normativa de la Unión Europea, protegiendo a la ciudadanía y evitar que las empresas tengan incentivos para cometer abusos. Con ello, las sanciones máximas, que a partir de ahora también podrá imponer el Estado, subirán hasta un millón de euros u ocho veces el beneficio ilícito obtenido, en el caso de infracciones cometidas únicamente en España, y hasta el 4% del volumen de facturación de las compañías, cuando estas infracciones tengan lugar en varios Estados miembros. También fija aspectos como la calificación de las infracciones por su gravedad, quiénes son los sujetos responsables o aspectos tales como la prescripción y la caducidad.
Para la cuantificación de la multa se tendrá en cuenta la capacidad económica del responsable, el grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad, el carácter continuado de la infracción, el número de consumidores afectados o el nivel de los daños y perjuicios que hayan sufrido. Asimismo, de forma adicional a la multa, existirán sanciones accesorias como el comiso de las mercancías, el cierre de los establecimientos por un plazo de hasta cinco años y la publicidad de las sanciones impuestas, de cara a incidir en su carácter disuasorio.
Entre otras cuestiones, serán sancionables por el Estado los incumplimientos o trasgresiones de los requisitos para evitar contaminaciones o conductas nocivas que puedan resultar gravemente perjudiciales para la salud pública, así como a alteración y adulteración de la composición y calidad de los bienes y servicios.
Asimismo, estarán sujetas al nuevo régimen sancionador la introducción o mantenimiento de cláusulas abusivas en los contratos, la obstaculización del derecho a poner fin a un contrato o causar baja en un servicio, los incumplimientos en el etiquetado o la facturación de productos y servicios no contratados.
Para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
AYUDA A ARAGÓN PARA CONTROLAR LA CONTAMINACIÓN POR LINDANO EN SABIÑÁNIGO (HUESCA)
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de un millón de euros en ayudas a la Comunidad Autónoma de Aragón para los trabajos de control y vigilancia de la contaminación de suelos derivada de la antigua producción de lindano en Sabinánigo (Huesca).
De esta forma, el MITECO sigue colaborando con el Gobierno aragonés en los trabajos de descontaminación realizados durante los últimos 20 años que han permitido, entre otros, determinar el alcance y extensión de los terrenos afectados, implantar un sistema de vigilancia de la contaminación y la puesta en marcha de obras para mitigar los riesgos que esta sustancia puede acarrear para la salud de las personas y el desarrollo económico en la zona.
Entre 1975 y 1994 la factoría de Inquinosa fabricó diferentes formulaciones comerciales de lindano, una sustancia prohibida desde 2008 en la Unión Europea y clasificada actualmente como sustancia peligrosa prioritaria en la Directiva Marco del Agua. Esta empresa producía una gran cantidad de residuos sólidos y líquidos contaminados que eran gestionados a través de su depósito en los vertederos de Bailín y Sardas, en el municipio de Sabiñánigo.
Se estima que la cantidad de residuos contaminados por lindano depositados en ambos vertederos y en las antiguas instalaciones de producción asciende a 550.000 metros cúbicos y que la superficie de suelos contaminados es de alrededor de 10 hectáreas, con profundidades y niveles de afección diferentes.
Además, y dada la composición de esta sustancia, una parte de los residuos percoló a la base de los vertederos, impregnando las formaciones geológicas y contaminando las aguas subterráneas circulantes en contacto con el río Gállego. Esto ha obligado a desplegar un sistema de contención activo basado en el bombeo y tratamiento de las aguas subterráneas contaminadas, así como a un exhaustivo control analítico de las aguas tratadas.
Actuaciones para el control de la contaminación
Las ayudas aprobadas hoy están destinadas a financiar, fundamentalmente, las tareas de depuración de las aguas de escorrentía y lixiviados contaminados en los emplazamientos de Bailín y Sardas, previa a su incorporación al cauce del río Gállego. De esta forma, se garantiza la calidad del agua del río y se protege la salud humana y del medio ambiente.
También se llevarán a cabo labores de vigilancia ambiental en el río Gállego y el entorno de Sabiñánigo mediante el seguimiento de la contaminación por lindano y otros residuos derivados en Bailín, Sardas e Inquinosa, de manera que se garantice la protección de la población y el medio ambiente. Esta actuación incluye el control diario de la calidad del agua del río, el seguimiento ecológico anual del cauce, así como el control periódico de la calidad del aire, las aguas subterráneas y los suelos del entorno.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
ENTRADA DE NACIONALES DE TERCEROS PAÍSES EN ESPAÑA PARA TRABAJOS EN EL SECTOR AUDIOVISUAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual. (MPCM)
Las presentes Instrucciones se han elaborado con el fin de regular el procedimiento de entrada y permanencia en España de extranjeros, nacionales de terceros países que ejerzan alguna actividad en el sector audiovisual.
Por su parte, el artículo 41 de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, regula como supuesto de excepciones al permiso de trabajo la actividad que desarrollan los artistas que vengan a España a realizar actuaciones concretas que no supongan una actividad continuada.
Estas instrucciones articulan tres vías en función del periodo de permanencia del profesional en España:
Además, se prevé que aquellos extranjeros que inicialmente hubieran venido a España por un periodo de 90 días de estancia en cualquier período de 180 días puedan, excepcionalmente, solicitar una autorización de estancia para el sector audiovisual por un plazo máximo de 180 días.
En dichos supuestos es necesario habilitar la posibilidad de que los artistas o profesionales puedan permanecer en España con sus cónyuges o parejas con análoga relación de afectividad, hijos menores de edad, así como hijos mayores de edad o ascendentes a cargo dependientes.
También, se debe tener en cuenta que, si el artista o profesional es menor de edad, pueda entrar y permanecer en España con sus padres o quienes ejerzan la tutela en aras de preservar el interés del menor.
Justicia
REGULACIÓN DE SUBVENCIONES A FUNDACIONES VINCULADAS CON PARTIDOS POLÍTICOS
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto con el que regula la concesión directa de subvenciones destinadas a sufragar gastos de funcionamiento de fundaciones y asociaciones vinculadas con partidos políticos representados en las Cortes Generales.
Además, para poderse beneficiar de las ayudas, estas organizaciones deberán tener entre sus fines estatutarios de interés general el desarrollo de actividades culturales, incluyendo el estudio y desarrollo del pensamiento político y social y deberán realizar actividades de formación, programas de investigación, cursos, seminarios, conferencias, exposiciones, congresos o ediciones de publicaciones en cualquier soporte, entre otros.
Las ayudas, que ascienden a 500.000 euros, tienen como objeto sufragar los gastos de funcionamiento a través de los cuales las fundaciones y asociaciones hayan realizado en 2021 algunas de estas actividades.
La Constitución Española recoge en su artículo 6 el papel de los partidos políticos como elementos vertebradores del estado democrático en cuanto "expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política".
La distribución de las ayudas se realizará por la vía de la concesión directa, ya que se hace de acuerdo a la representación obtenida por los partidos políticos en las Cortes Generales en las Elecciones Generales del 10 de noviembre de 2019.
El procedimiento de concesión de las subvenciones se iniciará a instancia de los beneficiarios, que deberán presentar una solicitud conforme se indique en el Real decreto, una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La resolución de la concesión de las mismas se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
El Real Decreto también concreta los gastos subvencionables, como alquileres de locales, gastos de personal contratado para ejecutar trabajos relacionados con esas actividades, servicios técnicos, servicios de intérpretes. Además, determina aquellos gastos que no se podrán cubrir con las ayudas.
Hacienda y Función Pública
REMISIÓN DE LA CUENTA GENERAL DEL ESTADO-2020 AL TRIBUNAL DE CUENTAS
El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión al Tribunal de Cuentas de la Cuenta General del Estado relativa al ejercicio 2020.
La Cuenta General del Estado se ha formado por la Intervención General de la Administración del Estado como una Cuenta Única Consolidada, presentándose los siguientes estados financieros:
La Cuenta General se configura como el instrumento adecuado para informar de la situación económica, financiera y patrimonial, del resultado económico-patrimonial y de la ejecución del presupuesto de todo el sector público estatal, conforme se define en la Ley General Presupuestaria.
En ella se han integrado 384 entidades del sector público estatal y 191 entidades multigrupo y asociadas que han dado lugar al tratamiento de alrededor de 25.200 operaciones.
Hacienda y Función Pública
FINANCIACIÓN DEL CONSORCIO 'PLATAFORMA OCEÁNICA DE CANARIAS' (PLOCAN)
El Consejo de Ministros ha autorizado la modificación de los límites y el número de anualidades establecidos en el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Ciencia e Innovación la aprobación de una adenda al convenio celebrado con la comunidad autónoma de Canarias, de fecha 10 de diciembre de 2007, para la financiación del Consorcio 'Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN)'.
Dicha Plataforma es una Infraestructura Científica y Técnica Singular (ICTS) que forma parte del mapa de ICTS vigente. La PLOCAN proporcionará un conjunto de instalaciones y laboratorios experimentales, situados sobre el borde de la plataforma continental, con la que iniciar la ocupación y operación oceánica estable y desde la cual acceder al océano profundo, utilizando y operando conectados o de forma remota toda clase de vehículos, maquinaria de trabajo submarino e instrumentos para observar, producir, aprovechar recursos o instalar servicios en profundidades.
Con el objeto de colaborar en la construcción y financiación de PLOCAN, en 2007 la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Educación y Ciencia (actual Ministerio de Ciencia e Innovación), y la Comunidad Autónoma de Canarias suscribieron un convenio para la creación del consorcio para su diseño, construcción, equipamiento y explotación, estando financiado por dichas entidades al 50%.
Con fecha 28 de diciembre de 2012 se suscribió un acuerdo de modificación del convenio suscrito en 2007, estableciéndose un nuevo marco de financiación y modificando las aportaciones inicialmente previstas por las partes, así como la posterior fase de explotación.
Posteriormente, con fecha 29 de diciembre de 2015, se firmó un nuevo acuerdo entre las entidades suscriptoras para modificar de nuevo el citado convenio. En particular, se modificaron los estatutos de forma que el consorcio PLOCAN quedó adscrito a la Administración General del Estado.
Por último, con fecha 9 de julio de 2021, se rubricó un nuevo acuerdo para modificar los estatutos del consorcio y adaptar su redacción a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a la Ley de la Ciencia,y la Innovación. En concreto, se modificó su duración, la cual queda indefinida.
Las partes quieren continuar con la financiación del consorcio y quieren suscribir una adenda al convenio, para continuar con el equipamiento y explotación de la PLOCAN, que cubra el periodo 2022- 2028.
Según el borrador de la mencionada adenda, las entidades firmantes aportarán un total de 21 millones de euros para el referido periodo, manteniéndose la participación de las partes consorciadas en el 50%, según la siguiente distribución:
AGE-MCI | C.A. Canarias | Total | |
2022 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2023 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2024 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2025 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2026 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2027 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
2028 | 1.500.000,00 | 1.500.000,00 | 3.000.000,00 |
Total | 10.500.000,00 | 10.500.000,00 | 21.000.000,00 |
Al superarse los límites a que se refiere el artículo 47 de la Ley General Presupuestaria, se requiere autorización del Consejo de Ministros para elevar los compromisos máximos de gasto con cargo a ejercicios futuros para los ejercicios 2022 a 2025, y aumentar el número de anualidades de 2026 a 2028.
Hacienda y Función Pública
FINANCIACIÓN PARA GESTIÓN E INFRAESTRUCTURAS DEL AGUA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la modificación de los límites de gasto, con cargo a ejercicios futuros, según lo establecido en la Ley General Presupuestaria, para posibilitar a la Dirección General del Agua, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la financiación de gastos correspondientes a contratos y encargos de inversión en el Programa "Gestión e Infraestructuras del Agua".
Entre las líneas de actuación prioritarias en materia de agua para los próximos años se incluyen las orientadas a la priorización de las actuaciones e inversiones, con especial atención al saneamiento y depuración, para dar cumplimiento a la normativa europea y garantizar la conservación de un medio ambiente hídrico más sostenible, así como las medidas para implantar los Planes de Gestión de Riesgo de Inundación y las relativas a la conservación y mantenimiento de las infraestructuras hidráulicas.
En concreto, estas actuaciones responden al cumplimiento de la directiva comunitaria Marco del Agua 2000/60/CE, cuya no ejecución lleva consigo sanciones, y a la realización de las grandes líneas prioritarias en materia de agua para los próximos cuatro años, lo que supone la necesidad de licitar contratos de inversiones.
Además, es necesaria la licitación o encargo de actuaciones cuyo compromiso de ejecución proviene de la aprobación de los Planes Hidrológicos, así como la tramitación de encargos a medios propios que se corresponden con importantes áreas de actuación de la Dirección General del Agua.
Entre ellas, cabe mencionar la gestión de riesgo de inundaciones, la conservación y la gestión administrativa del dominio público hidráulico, la estrategia nacional de restauración de ríos y obras ambientales, la seguridad de las infraestructuras, y la explotación, mantenimiento, auscultación, conservación y mejora de las mismas.
Por otra parte, hay que considerar las bajas de licitación que se han venido produciendo en el último periodo, así como los expedientes de revisión de precios de las obras en ejecución y la necesidad de ajustar los créditos comprometidos de los contratos en vigor a la realidad de la ejecución de las actuaciones y a la anualidad que se va a ejecutar realmente.
Año | Compromisos adquiridos (€) | Nuevos compromisos (€) | Límite de compromiso máximo a adquirir (€) |
2022 | 174.937.791,16 | 38.242.022,50 | 213.179.813,66 |
2023 | 101.514.411,67 | 82.619.234,25 | 184.133.645,92 |
2024 | 34.943.427,83 | 86.501.095,85 | 121.444.523,68 |
2025 | 1.121.799,32 | 17.027.214,32 | |
Total | 312.517.429,98 | 207.362.352,60 | 535.785.197,58 |
Hacienda y Función Pública
FINANCIACIÓN AL INJUVE PARA PROGRAMAS ERASMUS+ Y CUERPO EUROPEO DE SOLIDARIDAD
El Consejo de Ministros ha autorizado una nueva adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios posteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 47.3 de la Ley General Presupuestaria, para que el Instituto de la Juventud, O.A. (INJUVE) pueda convocar ayudas para la realización de actividades financiadas al 100% por la Comisión Europea del programa Erasmus+ y del Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad, del que se derivan compromisos de gasto para los ejercicios 2021 a 2024.
Este acuerdo complementa la autorización aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 26 de octubre, cuando se aprobó la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para estos programas, correspondientes al 70% de la subvención financiada por fondos europeos. Con la nueva autorización, la cobertura alcanza el 100% de la financiación europea.
Los programas Erasmus+ y Cuerpo Europeo de Solidaridad (CES) son programas de la Unión Europea en el ámbito de la educación, la formación, la juventud y el deporte, ofreciendo oportunidades para la movilidad, así como para la cooperación educativa europea e internacional.
Estos nuevos programas se aplicarán durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2027.
Para su implementación, se han aprobado las bases reguladoras de ambas subvenciones: Orden DSA/1029/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen para el periodo 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa Europeo "Erasmus+", capítulo de Juventud; y Orden DSA/1028/2021, de 20 de septiembre, por la que se establecen para el periodo 2021-2027 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa Europeo "Cuerpo Europeo de Solidaridad".
Por ello, el Consejo de Ministros del pasado 26 de octubre de 2021 aprobó la adquisición de compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en varias aplicaciones presupuestarias, por un importe total de 12.650.837,50 euros para el programa Eramus+ y 5.412.894,90 euros para el programa CES, correspondientes al 70% de la subvención financiada por fondos europeos.
Con el objeto de que el INJUVE proceda a la convocatoria de subvenciones, solicita por el 100% de la financiación europea las siguientes anualidades para los programas:
Programa Eramus+
ANUALIDADES | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | TOTAL |
EUROS | 9.140.000,00 | 4.296.000,00 | 2.531.000,00 | 2105.625,00 | 18.072.625,00 |
ANUALIDADES | 2021 | 2022 | 2023 | 2024 | TOTAL |
EUROS | 3.737.503,00 | 2.550.000,00 | 743.000,00 | 702.204,00 | 7.732.707,00 |
Programa CES
Hacienda y Función Pública
FINANCIACIÓN PARA INCREMENTO DE PERSONAL EN CENTROS EDUCATIVOS CONCERTADOS DE CEUTA Y MELILLA
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se modifican los límites establecidos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación y Formación Profesional el incremento en los pagos que realiza a los centros concertados de educación secundaria de Ceuta y Melilla para cubrir los refuerzos de personal necesarios.
El 29 de junio de 2021 se aprobaron por la Comisión de Salud Pública, y en colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional, las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19 para centros educativos en el curso 2021-2022. Dentro de dicho documento se prevén, entre otras, medidas que permitan la reducción del alumnado por aula hasta el máximo legal permitido.
Para cubrir los refuerzos de personal necesarios para los grupos extraordinarios que hay que crear en los centros de Ceuta y Melilla con objeto de cumplir con las ratios fijadas, se requiere un incremento en los pagos que el Ministerio de Educación y Formación Profesional realiza a los centros concertados de educación de esas dos ciudades autónomas.
En concreto, para hacer frente a los gastos correspondientes a los efectivos necesarios en el primer y segundo cuatrimestre del ejercicio 2022 se ha calculado que es preciso contar con más docentes con un salario conjunto anual que asciende a los 342.436,61 euros, que supone para el primer y segundo cuatrimestres de 2022 un importe de 228.291,07 euros.
En la actualidad ya se han autorizado para 2022 compromisos de gasto por un volumen de 4.941.654,74 euros y, además, se ha retenido para 2022 un importe de 189.415,26 euros del total de los 228.291,07 euros de compromisos de gasto que habría que autorizar para atender los gastos correspondientes a los efectivos de refuerzo señalados. Para hacer frente al resto de las necesidades, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes ampliar los límites para adquirir compromisos de gasto en la aplicación presupuestaria 'Para hacer efectiva la gratuidad de la enseñanza en centros educativos'.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
LICITACIÓN DEL CONTRATO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO "ADIF ACERCA"
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) a licitar, a través de Adif, el contrato para la prestación de 'adif acerca', el servicio de asistencia a viajeros con discapacidad o movilidad reducida en su tránsito por las estaciones.
El contrato cuenta con un valor estimado de 61.640.833,6 euros (IVA no incluido) y se licita para un periodo de dos años, con posibilidad de prorrogarlo otros dos.
En virtud de este nuevo contrato, Adif optimizará y reforzará el servicio con la introducción de nuevas prestaciones para los viajeros, que se suman a las que ya se ofrecen actualmente. Entre estos nuevos servicios, figura la ampliación de los puntos de la estación en los que los asistentes de movilidad pueden recoger o entregar al viajero.
De esta forma, un pasajero con discapacidad o movilidad reducida podrá encontrarse con el agente que le acompañará y asistirá en su tránsito por la estación y hasta que embarque en su tren, en la entrada de la estación, pero también en el aparcamiento, en la zona de kiss & ride (el área de parada puntual de vehículos para dejar o recoger pasajeros) o incluso en las paradas de transporte público de la ciudad con que cuente la estación.
Asimismo, 'adif acerca' prestará atención a los perros guía de los viajeros, facilitando comederos y bebederos en las instalaciones con las que este servicio cuenta en las estaciones. Además, multiplicará casi por siete el número de estaciones en las que se contará con un sistema de video-interpretación en lengua de signos, de forma que estará disponible en un total de 69.
También se ofrecerá un servicio especial, por el que una empresa ferroviaria podrá solicitar un asistente de 'adif acerca' en caso de incidencia.
El nuevo contrato supondrá además optimizar la gestión y organización del servicio mediante la digitalización de sus procesos, dotando de smartphone a todos los asistentes de movilidad.
Con el fin último de continuar mejorando, se implantará un sistema de valoración de 'adif acerca' mediante la realización de encuestas de satisfacción a los viajeros, una vez concluya su asistencia.
El servicio 'adif acerca' se presta en un total de 141 estaciones con tráficos de trenes de alta velocidad, larga distancia y media distancia repartidas por todo el país, y cuenta con alrededor de medio millar de asistentes de movilidad.
En 69 de estas estaciones, el servicio se puede solicitar casi de forma inmediata, con una antelación de hasta treinta minutos respecto al horario de salida del tren. En las 72 estaciones restantes se requiere una antelación mínima de doce horas.
Accesibilidad, asistencia e información
Los viajeros con discapacidad o movilidad reducida que lo necesiten pueden solicitar el servicio 'adif acerca' a través de los canales establecidos para ello por las empresas ferroviarias.
El servicio garantiza así su acceso al transporte ferroviario, prestándoles asistencia, información y ayuda en su tránsito por las estaciones, y en la subida y bajada de los trenes, bien mediante acompañamiento personal o con medios mecánicos.
Adif asumió en diciembre de 2020 este servicio en el marco de la liberalización del transporte ferroviario de viajeros y lanzó la marca 'adif acerca' para canalizar su gestión. Ahora, ante el próximo vencimiento del actualmente vigente, licita el contrato para su prestación con el fin de seguir contando con personal y medios con la adecuada especialización para atenderlo.
El servicio 'adif acerca' se enmarca en uno de los pilares del Plan Estratégico 2030 de Adif, el centrado en el servicio a los ciudadanos.
Además, contribuye a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), como es el número 11, que tiene entre sus metas proporcionar acceso a sistemas de transportes seguros, asequibles, accesibles y sostenibles, y el número 10 que persigue garantizar la inclusión social y la igualdad de oportunidades.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
LICITACIÓN DE LAS OBRAS DE RENOVACIÓN INTEGRAL DE VÍA ENTRE COLLOTO E INFIESTO (ASTURIAS)
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) a licitar, a través de Adif, el contrato para la renovación integral de vía en el tramo Colloto-Infiesto de la Red de Ancho Métrico de Asturias.
Esta actuación se enmarca en el Plan de Cercanías de Asturias y cuenta con un valor estimado de 28.948.821,05 (sin IVA), que incluye los materiales aportados por Adif para su ejecución.
El tramo Colloto-Infiesto, incluido en la línea de ancho métrico Oviedo-Santander, tiene una longitud de 40,6 kilómetros (30,2 km de vía única y 10,4 km de vía doble), con tráfico mixto de mercancías y viajeros y velocidad máxima de 100 km/h. En los últimos años, este tramo ha sido objeto de renovaciones puntuales, pero Adif se comprometió a llevar a cabo una renovación, adecuación y modernización integral de la línea, que incluyera la corrección y mejora, tanto de la infraestructura como de la superestructura, de los 40,6 kilómetros de vía del tramo.
En líneas generales, el proyecto incluye sustitución de carril y traviesas en mal estado; desguarnecido y reposición de balasto en toda la línea; alineación, nivelación y perfilado de vía y desvíos; solución a las filtraciones en los túneles del tramo; adaptación y mejora del firme en varios pasos a nivel; consolidación de taludes; mejora de la plataforma de vía; obras de drenaje; renovación de 29 nuevos desvíos a lo largo de la línea renovada y canalización para instalaciones de señalización y comunicaciones.
Todo ello posibilitará la mejora en la calidad de rodadura y se traducirá en una infraestructura más moderna y estable, que requerirá menor mantenimiento y permitirá aumentar la fiabilidad del tramo, con el consiguiente beneficio para el tráfico ferroviario.
Todas estas obras contribuyen a la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) número 9, que tiene entre sus metas desarrollar infraestructuras fiables, sostenibles y de calidad.
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
CONTRATO PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN DE ACTIVOS DE ADIF
El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) a licitar, a través de Adif, el contrato para la obtención de una solución integral corporativa para la gestión de activos físicos de dicha entidad pública, lo que permitirá la modernización de esta actividad y la optimización del ciclo de vida de los activos.
En este sentido, Adif está trabajando en la mejora de la gestión de activos y la modernización y digitalización del mantenimiento. La gestión de activos y el mantenimiento debe alinear la forma de planificar, diseñar, construir, explotar, mantener, renovar, mejorar y retirar los activos de Adif para que, dando cumplimiento y reforzando el sistema de gestión de seguridad de la organización, se alcancen los fines y desempeño previsto de los activos, que estarán alineados con los objetivos de la organización en su búsqueda del máximo valor.
Esta visión establece un proceso integral que permite vincular todos los activos bajo un mismo contexto de gestión, que optimice la eficacia y eficiencia de los servicios por ellos prestados, lo que lo convierte en un proceso estratégico y sistemático para la optimización de la toma de decisiones a lo largo de todo su ciclo de vida.
Además, la gestión de activos y las iniciativas emprendidas de modernización del mantenimiento se integran dentro de la estrategia de transformación digital de la gestión de Adif y tiene entre sus objetivos la introducción de modelos avanzados de tratamiento de la información, de análisis de datos y apoyo a la toma de decisiones que permitan un control cada vez más inteligente de la infraestructura y sus riesgos operacionales.
El contrato autorizado, con un plazo de ejecución de 48 meses y un valor estimado de 14.845.987,58 euros (IVA no incluido), incluyendo las posibles prórrogas, prevé la dotación de una solución integral corporativa basada en aplicativos comerciales especializados en la gestión de activos, así como la prestación de un servicio complementario de soporte y mantenimiento.
En este sentido, la solución contratada se hará cargo de la gestión de activos físicos que son los elementos que componen la infraestructura ferroviaria como son carril, circuitos de vía, catenaria, subestaciones, instalaciones de señalización y comunicaciones, ascensores, etc, que están asociados a la operación de red convencional, Alta Velocidad o red de estaciones, entre otros.
La plataforma comercial, junto con su base de datos asociada, deberán disponer de la capacidad y prestaciones necesarias para el tratamiento de todos los conceptos relacionados con la gestión de activos, como los diferentes tipos de mantenimiento (predictivo, preventivo, correctivo), planificación de operaciones, programación y ejecución, seguimiento de actividades, documentación, etc. Además, deberá integrarse con otros sistemas empresariales de Adif que aportan información necesaria al proceso.
Agricultura, Pesca y Alimentación
AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD, MODERNIZACIÓN Y BIOSEGURIDAD DEL SECTOR AGRARIO
El Consejo de Ministros ha aprobado dos reales decretos por los que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para sendas líneas de inversiones destinadas a la transformación ambiental y digital del sector agrícola y ganadero que suman un total de 345 millones de euros entre los años 2021 y 2023. Estas subvenciones financiarán actuaciones contempladas dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), por lo que serán financiadas con fondos del instrumento europeo de recuperación Next Generation EU.
Se trata del "Plan de Impulso a la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y Ganadería", II y III, inversiones C3.I3 y C3.I4, contempladas en el componente 3 del PRTR que gestiona el MAPA y que tiene como objetivo adoptar las reformas estructurales necesarias para promover un cambio en el modelo de producción agrícola y ganadera que mejore su sostenibilidad en términos medioambientales, económicos y sociales.
Con la aprobación de estos reales decretos se cumplen con los plazos previstos para implementar en el sector agrícola y ganadero la aplicación de los fondos financiados por la Unión Europea (UE) para la modernización del sector agrario. En el diseño de las actuaciones han sido, desde su inicio, partícipes, tanto las comunidades autónomas como el propio sector.
Con esta base jurídica, se contempla, además, la distribución del presupuesto que se destinará a cada una de estas medidas entre las comunidades autónomas que, a su vez, serán las competentes para convocar estas ayudas una vez aprobados estos dos reales decretos con las bases reguladoras y concederlas a los destinarios últimos.
Para ello, se transferirá a las comunidades autónomas las cantidades correspondientes. En la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural celebrada el pasado 21 de octubre se acordó la distribución de la primera anualidad, para el ejercicio de 2021, dotada con un total de 115.358.752,72 euros. Previamente, el Consejo de Ministros autorizó la territorialización de estos fondos en su sesión del 19 de octubre.
La movilización de un volumen tan importante de recursos abre una oportunidad extraordinaria para el sector agrícola y ganadero, que permitirá no solo la superación de la crisis y la recuperación del empleo, sino que facilitará la modernización del sector primario, con el objetivo de que dicha recuperación sea verde, digital, inclusiva y social.
Inversiones en bioseguridad en sanidad animal y vegetal (c3.i)
Una de las dos líneas de ayudas aprobadas irán destinadas a subvencionar inversiones en materia de bioseguridad en sanidad animal y vegetal con un presupuesto total para las tres anualidades de 38 millones de euros, de los que 12,6 millones de euros corresponden a 2021.
Se contemplan dos líneas de inversiones. En materia de sanidad animal, para la mejora de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado, a través de mejoras tecnológicas como la automatización, la robotización, la instalación de nuevos sistemas para la limpieza y desinfección, o la construcción de nuevos centros.
En materia de sanidad vegetal, se incentivan las inversiones que realicen los productores de materiales vegetales de reproducción destinadas a instalaciones de protección de viveros frente a insectos vectores de plagas cuarentenarias más importantes por su incidencia económica en la producción agrícola (xylella fastidiosa, bursaphelenchus xilophilus, HLB o greening de los cítricos y flavescencia dorada de la vid). También se incentivará la instalación de o en equipos de tratamientos mediante termoterapia en viveros de vid.
A cada una de estas líneas le corresponde la mitad del presupuesto total de las ayudas, 19 millones de euros en cada caso. La anualidad de 2021 se distribuye también a partes iguales, 6,3 millones para la línea de bioseguridad animal y 6,3 millones para la vegetal.
Comunidad autónoma/Foral | Viveros | Centros de Limpieza y Desinfección | Total CA |
---|---|---|---|
Andalucía | 980.448,00 € | 376.755,82 € | 1.357.203,82 € |
Aragón | 233.083,20 € | 938.205,35 € | 1.171.288,55 € |
Asturias | 179.978,40 € | 211.026,75 € | 391.005,15 € |
Balears, Illes | 119.565,60 € | 160.293,36 € | 279.858,96 € |
Cantabria | 84.974,40 € | 170.440,03 € | 255.414,43 € |
Castilla-La Mancha | 266.700,00 € | 542.484,90 € | 809.184,90 € |
Castilla y León | 229.672,80 € | 897.618,64 € | 1.127.291,44 € |
Cataluña | 471.324,00 € | 468.075,93 € | 939.399,93 € |
Comunidad Valenciana | 1.768.250,40 € | 434.253,67 € | 2.202.504,07 € |
Extremadura | 243.314,40 € | 457.929,25 € | 701.243,65 € |
Galicia | 490.324,80 € | 410.578,08 € | 900.902,88 € |
Madrid | 125.412,00 € | 194.115,62 € | 319.527,62 € |
Murcia | 391.423,20 € | 261.760,14 € | 653.183,34 € |
Navarra | 167.311,20 € | 261.760,14 € | 429.071,34 € |
País Vasco | 188.748,00 € | 204.262,30 € | 393.010,30 € |
Rioja, La | 122.976,00 € | 170.440,02 € | 293.416,02 € |
Canarias | 236.493,60 € | 140.000,00 € | 376.493,60 € |
Total general | 6.300.000,00 € | 6.300.000,00 € | 12.600.000,00 € |
Inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular (c3.i4)
En cuando a la segunda línea de ayudas aprobadas, en materia de sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería, la asignación presupuestaria total para el conjunto de los tres años es de 307 millones de euros.
Este paquete de estímulos destinado a promover la inversión privada contribuirá a mejorar la resiliencia del sector y su competitividad, al tiempo que se favorece la consecución de los objetivos del clima, la conservación del medio ambiente y la descarbonización del sector agrícola y ganadero.
Las actuaciones previstas tienen como elemento central cuatro programas de apoyo para la ejecución de proyectos de inversión, cuyo objetivo es acelerar la transformación del sector agrario facilitando la adopción de las reformas estructurales necesarias y alcanzando un nivel de inversión que promueva el cambio en el modelo de producción agrícola y ganadera con resultados beneficiosos para la sociedad, la economía y el medioambiente.
Así, en el programa de apoyo a las inversiones en sistemas de gestión de estiércoles se concederán ayudas por importe de 83 millones de euros que, entre otras, incluye inversiones dirigidas mejorar la eficiencia medioambiental de las instalaciones de almacenamiento exterior de deyecciones ganaderas relacionadas con la adaptación o cubrición de las mismas o las de tratamiento o valorización de estos subproductos con o sin aprovechamiento energético en la propia explotación. La dotación de este programa para la anualidad de 2021 es de 27,7 millones de euros.
En el programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos hortícolas, flor cortada y planta ornamental se destinarán 120 millones de euros a la realización de inversiones tanto productivas, para la mejora estructural y la eficiencia energética de este tipo de instalaciones o la incorporación de sistemas de riego por goteo y fertirrigación, como no productivas, para subvencionar actuaciones que incluyen la instalación de sensores y sistemas de climatización, el aprovechamiento de aguas pluviales o la instalación de plantas de compostaje. El montante para 2021 es de 40,2 millones de euros.
El tercer programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola), dotado con 25 millones de euros, subvencionará el acondicionamiento y aislamiento de edificios y naves auxiliares de las explotaciones que optimicen el consumo energético e inversiones en plantas de biogás de pequeña capacidad, así como la adquisición de maquinaria para el acopio y acondicionamiento de biomasa agrícola y la construcción de centros logísticos de almacenamiento. El presupuesto de este programa para 2021 es de 8,3 millones de euros.
A través del cuarto programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnología 4.0 en el sector agrícola y ganadero, dotado con 79 millones de euros, se podrán conceder, entre otras, ayudas a la adquisición de maquinaria y equipos nuevos que permitan la mejora de la gestión ganadera, la reducción del uso de fitosanitarios y fertilizantes químicos, el control de trazabilidad y calidad de los cultivos o la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Para 2021 este programa está presupuestado en 26,4 millones de euros).
Serán subvencionables las actuaciones que se realicen y cumplan los requisitos establecidos hasta la finalización, el 31 de diciembre de 2023, de la vigencia de los programas.
Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, así como empresas de servicios agronómicos. Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación; y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agropecuaria.
Igualmente, se prevé el apoyo a inversiones realizadas por consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones agrícolas y ganaderas concretas, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.
Las bases reguladoras permiten que sean las comunidades autónomas quienes ejecuten las actuaciones objeto de las ayudas, a través de las inversiones directas que pudieran efectuar con cargo a los créditos territorializados por el MAPA, y de acuerdo con la previa reserva de presupuesto que pudieran establecer.
En la concesión de las ayudas se priorizarán, con carácter transversal, los planes de inversión conjuntos que integrarán un mínimo de cincos solicitudes de proyectos de inversión y las inversiones colectivas promovidas por parte de entidades asociativas y empresariales del ámbito agrario reconocidas. Además de aquellos solicitantes que tengan la condición de joven agricultor o pertenezcan a una entidad asociativa prioritaria, y las explotaciones en titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre.
A estos criterios generales, se suman otros específicos en función de cada uno de los cuatro programas de apoyo que persiguen priorizar cuestiones como la concesión de ayudas a proyectos de inversión que propicien el uso en común redundando en un mayor impacto de las acciones o que favorezcan la sostenibilidad medioambiental e impulsen la competitividad del sector agrario.
Comunidad autónoma/Foral | Programa 1: inversiones en sistemas de gestión de estiércoles en ganadería | Programa 2: transformación integral y modernización de invernaderos | Programa 3: inversiones en eficiencia energéticas y energías renovables (biogás y biomasa agrícola) | Programa 4: aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero | Total CA |
---|---|---|---|---|---|
Andalucía | 2.612.561 | 31.639.390 | 2.116.773 | 5.078.765 | 41.447.489 € |
Aragón | 2.362.163 | 66.718 | 672.042 | 2.525.856 | 5.626.779 € |
Asturias | 1.827.580 | 67.728 | 108.063 | 385.737 | 2.389.108 € |
Balears, Illes | 233.301 | 73.794 | 69.013 | 302.911 | 679.019 € |
Canarias | 219.938 | 2.306.817 | 99.318 | 118.152 | 2.744.225 € |
Cantabria | 848.044 | 26.283 | 58.898 | 177.590 | 1.110.815 € |
Castilla- La Mancha | 2.406.431 | 402.329 | 1.282.002 | 3.529.827 | 7.620.589 € |
Castilla y León | 3.837.443 | 302.252 | 648.332 | 4.530.447 | 9.318.474 € |
Cataluña | 3.025.920 | 276.980 | 922.059 | 2.372.755 | 6.597.714 € |
Comunidad Valenciana | 659.059 | 900.690 | 478.770 | 874.479 | 2.912.998 € |
Extremadura | 2.493.274 | 31.337 | 598.778 | 1.406.404 | 4.529.793 € |
Galicia | 4.679.312 | 136.468 | 724.673 | 1.871.536 | 7.411.989 € |
Madrid | 231.641 | 45.489 | 46.524 | 281.103 | 604.757 € |
Murcia | 693.347 | 3.303.541 | 249.290 | 1.119.772 | 5.365.950 € |
Navarra | 591.663 | 502.405 | 118.579 | 954.741 | 2.167.388 € |
País Vasco | 896.128 | 105.131 | 72.772 | 464.886 | 1.538.917 € |
Rioja, La | 133.091 | 31.338,72 | 79.492 | 448.827 | 692.748,72 € |
Total general | 27.750.896 € | 40.218.690,72 € | 8.345.378 € | 26.443.788 € | 102.758.752,72€ |
Agricultura, Pesca y Alimentación
SUBVENCIÓN A CANARIAS PARA PALIAR EFECTOS DEL VOLCÁN DE LA PALMA EN LOS SECTORES AGRARIO Y PESQUERO
El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión de una subvención directa de 18,8 millones de euros a la Comunidad Autónoma de Canarias con cargo al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), con el fin de que instrumente las ayudas para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma en materia agraria y pesquera, previstas en el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes y para la reconstrucción económica y social. Este decreto contempla que las ayudas del MAPA a La Palma serán gestionadas por la administración autonómica canaria.
En el ámbito agrario, las ayudas se destinarán a compensar los perjuicios producidos a los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas por los daños en las áreas de aprovechamiento que carezcan de cobertura por riesgos extraordinarios del Consorcio de Compensación de Seguros. Las ayudas permitirán igualmente sufragar las inversiones para restaurar, en lo posible, las infraestructuras rurales de uso colectivo a la situación anterior a la catástrofe.
En el ámbito pesquero, las ayudas se destinarán a los armadores y tripulantes de los buques con puerto base en Tazacorte, ampliable cuando proceda a los de otros puertos, que hayan sufrido perjuicios o que se hayan visto imposibilitados para salir a faenar, así como a los propietarios de barcos, lonjas e instalaciones de acuicultura en mar y tierra que hayan sufrido daños. También se financiarán con la ayuda concedida las inversiones de las autoridades competentes para aplicar medidas encaminadas a mitigar la posible pérdida de biodiversidad marina que pueda tener incidencia en la actividad pesquera.
La concesión de estas ayudas no son excluyentes con otras medidas impulsadas por la Comunidad Autónoma de Canarias.
Derechos Sociales y Agenda 2030
ACUERDOS CON LA ONCE PARA GARANTIZAR LA ESTABILIDAD DE SU ACCIÓN SOCIAL
El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el periodo 2022-2031.
El nuevo Acuerdo General podrá garantizar la consecución del objetivo primordial de estabilidad institucional y financiera de la ONCE que le permita continuar desarrollando su importante labor social y seguir cooperando con las administraciones públicas en el desarrollo de políticas sociales y en la vertebración del Tercer Sector y de la Economía Social y sobre todo, mejorando la eficiencia de las condiciones en que la ONCE venía comercializando las modalidades de lotería de las que es titular.
En reciprocidad al conjunto de instrumentos que el Gobierno pone a disposición del Grupo Social ONCE, mediante este Acuerdo General, dicho Grupo asumirá una serie de compromisos sociales en relación con la prestación de Servicios Sociales de interés general para sus afiliados (Personas ciegas o con deficiencia visual grave) y para personas con otros tipos de discapacidad, en el ámbito de ONCE, Fundación ONCE e ILUNION.
En cuanto al contenido de ámbito social, este nuevo Acuerdo mantiene los compromisos de la ONCE respecto a sus fines sociales, e incrementa el importe de los recursos destinados a servicios sociales para las personas afiliadas de la ONCE, incluyendo la atención a personas ciegas o con deficiencia visual grave extranjeras asiladas en España. Establece un nuevo Plan de Empleo y Formación para Personas con discapacidad a desarrollar en los 10 años de duración del nuevo Acuerdo General, con objetivos tan importantes como la creación de 25.000 nuevos puestos de trabajo y plazas ocupacionales para personas con discapacidad, un 67% más que el Acuerdo actual y de los cuales, 5.000 se generarán en áreas relacionadas con la ciencia, la sostenibilidad y la tecnología. También, se desarrollarán acciones formativas a favor de 100.000 personas con discapacidad (3,3 mayor que el objetivo anterior), incluyendo 3.000 becas para jóvenes con discapacidad.
Se mantiene la obligación de la ONCE de aportar un 3% de sus ventas de productos de lotería a la Fundación ONCE, que destinará al menos un 60% a programas de empleo y formación y afrontará nuevos compromisos, como el de atender a personas con discapacidad psicosocial y mejorar las competencias laborales de 1.300 mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género.
Respecto a la venta de productos de lotería, se mejora la aplicación de los principios de juego responsable en la comercialización de los productos de las tres modalidades de lotería (Cupón, juego activo y lotería instantánea) y se refuerzan las medidas para evitar el acceso a estos juegos de personas menores de edad e inscritos/as en los registros de autoprohibidos/as. También se refuerza la aplicación de los principios de juego responsable a los puntos de venta del Canal Físico Complementario y se prórroga por otros 10 años (durante la vigencia del Acuerdo) la autorización a la ONCE para comercializar productos de lotería instantánea.
Por último, en aras de mejorar el control de la publicidad de los productos de lotería de la ONCE, se regulan las competencias del Consejo de Protectorado de la ONCE en esta materia y se constituye una nueva Comisión Disciplinaria más reforzada, enmarcada dentro del Consejo, que tendrá a su cargo el ejercicio de la potestad sancionadora por posibles infracciones en materia de juego previstas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego que pudiera cometer la ONCE.
El contenido de este Acuerdo General ha tenido en cuenta las consideraciones jurídicas de la Abogacía del Estado del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 y ha contado, por unanimidad con el informe favorable del Pleno del Consejo de Protectorado de la ONCE, y con la conformidad de la propia ONCE y de los departamentos del Interior, de Consumo y de Hacienda y Función Pública, como es preceptivo.
La aprobación en Consejo de Ministros de este Acuerdo General comporta además, la imprescindible modificación del Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, con el objetivo de regular las nuevas facultades del Consejo de Protectorado y también, la ineludible y acompasada reforma del Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada para recoger la prórroga del nuevo periodo de vigencia de esta modalidad de lotería.
En definitiva, este fortalecimiento de la ONCE redundará en mejores políticas de solidaridad, formación y empleo para personas con discapacidad, y potenciará el papel de la ONCE como organización española de referencia social y contribuirá a una mayor consolidación y cohesión de los movimientos sociales en las personas con discapacidad, del Tercer Sector de Acción Social y de la Economía Social.
Cultura y Deportes
DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL DE AYUDAS PARA MODERNIZAR EL SECTOR DEL DEPORTE
El Consejo de Ministros ha aprobado el acuerdo por el que se autoriza la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por las comunidades y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla con el objetivo de desarrollar reformas e inversiones orientadas a la dinamización, reestructuración y modernización del sector del deporte por un importe de 49 millones de euros durante 2021.
Esta partida se enmarca dentro de la línea de Transición Ecológica del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se destinará íntegramente a renovar instalaciones de los Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva repartidos por toda la geografía española. Se trata de impulsar la adaptación de los mismos a la nueva realidad socioeconómica mediante los procesos de transformación digital y de transición ecológica que sean necesarios para su modernización.
En concreto, las acciones que se llevarán a cabo se enmarcan dentro del proyecto 'Modernización de Centros de Alto Rendimiento: Plan Energía Deporte 2.0'. En él se contemplan diversas acciones destinadas a la sustitución de las energías actuales que emplean en su funcionamiento por otras con menores emisiones contaminantes, así como la renovación de equipos para la obtención del máximo rendimiento energético de cada uno de los sistemas de los que disponen.
Al menos 54 centros de tecnificación y/o instalaciones deportivas se beneficiarán de estos 49 millones lo que les permitirá renovar sus equipamientos, mejorar su eficiencia energética y actualizar sus infraestructuras.
Tras la autorización de los criterios de reparto por parte del Consejo de Ministros, será la Conferencia Sectorial de Deporte la que próximamente los apruebe con carácter definitivo. Así, los recursos que gestionarán las comunidades y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla tendrán la siguiente distribución a partir de los datos obtenidos de la Red de centros de tecnificación
Anualidad 2021
COMUNIDADES AUTÓNOMAS | 2021 |
01 Andalucía | 4.240.917,70 |
02 Aragón | 974.852,55 |
03 Asturias, Principado de | 1.547.334,51 |
04 Balears, Illes | 5.529.634,64 |
05 Canarias | 729.140,46 |
06 Cantabria | 830.674,89 |
07 Castilla y León | 5.308.382,42 |
08 Castilla la Mancha | 253.170,40 |
09 Cataluña | 8.522.150,63 |
10 Comunitat Valenciana | 5.508.686,08 |
11 Extremadura | 3.050.916,74 |
12 Galicia | 1.795.836,46 |
13 Madrid, Comunidad de | 5.097.035,65 |
14 Murcia, Región de | 1.905.842,54 |
15 Navarra, Comunidad Foral | 464.874,40 |
16 País Vasco | 658.855,84 |
17 La Rioja | 1.513.696,07 |
18 Ceuta | 603.123,62 |
19 Melilla | 464.874,40 |
TOTAL | 49.000.000,00 |
Derechos Sociales y Agenda 2030
ESTRATEGIA NACIONAL PARA LA IGUALDAD, LA INCLUSIÓN Y LA PARTICIPACIÓN DEL PUEBLO GITANO (2021-2030)
EL Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Nacional para la Igualdad, la Inclusión y la Participación del Pueblo Gitano (2021-2030).
La aprobación de esta estrategia responde al compromiso del Gobierno de España con la cohesión y el progreso social, prestando especial atención a las personas en situación de pobreza o exclusión social, como es en este caso un porcentaje muy alto de la población gitana.
La Estrategia sigue las directrices del Marco Europeo para la Igualdad, la Inclusión y la Participación del Pueblo Gitano hasta el año 2030 y está alineada con el Plan de Acción Antirracismo de la Unión Europea (2020-2025), además de con la Estrategia de la Unión Europea sobre los Derechos de las Víctimas 2020-2025 y la estrategia de la Unión Europea para la Igualdad de Género. Esta estrategia contribuye también a la consecución de los objetivos marcados en la Agenda 2030.
Asimismo, consolida las acciones que se venían realizando en los ámbitos de educación, empleo, salud y vivienda, pero también incide en las áreas de la inclusión social, la igualdad y la participación. Tiene un enfoque transversal de la perspectiva de género y considera la diversidad dentro de la población gitana, además de ampliar el alcance, incluyendo la lucha contra la discriminación y el antigitanismo.
Siguiendo las directrices del Marco Europeo, la estrategia se estructura en 3 ejes, 9 líneas estratégicas y 27 objetivos específicos:
Está previsto que la implementación de esta estrategia se materialice en dos planes operativos, el primer Plan Operativo para el periodo 2021-2026, y el segundo Plan Operativo que estará vigente de 2027 a 2030. Al término del primer plan operativo se llevará a cabo una evaluación intermedia de la estrategia para ver el impacto que tiene sobre la población gitana, así como una evaluación final en el año 2030.
Universidades
AYUDAS PARA LA FORMACIÓN DEL PROFESORADO UNIVERSITARIO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la convocatoria de tramitación anticipada de ayudas para Formación del Profesorado Universitario correspondiente al año 20201 (FPU2021), integrada en el Subprograma Estatal de Formación y en el Subprograma Estatal de Movilidad del Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener el Talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, por importe de 98.462.251,28 euros por importe de 98.462.251,28 euros.
Esta actuación de la Secretaría General de Universidades permitirá la contratación de 885 investigadores e investigadoras durante cuatro años. Estas ayudas pueden ser complementadas con financiación adicional con cargo a los presupuestos de los centros de adscripción contratantes. La convocatoria de ayudas de la Secretaria General de Universidades se encuadra en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y tiene por objetivo la formación investigadora en programas de doctorado para la consecución del título de Doctor o Doctora y la adquisición de competencias docentes universitarias en cualquier área del conocimiento científico, facilitando así la futura incorporación de las personas beneficiarias al sistema español de educación superior y de investigación científica.
Las ayudas, que se convocarán en régimen de concurrencia competitiva, tendrán una duración de 4 años, salvo en el caso de discapacidad del beneficiario, en cuyo caso tendrán una duración máxima de 6 años.
Si la obtención del título de doctor tiene lugar con antelación al inicio de la última anualidad de la ayuda, se autorizará la continuidad de la ayuda FPU para la contratación, durante el período de orientación posdoctoral de un año de duración, de los investigadores recién doctorados.
BIOGRAFÍAS
Presidencia del Gobierno
Directora de la Oficina de Coordinación para la Presidencia Española de la Unión Europea Dª. MARÍA AURORA MEJÍA ERRASQUÍN
María Aurora Mejía Errasquín nació en Madrid el 4 de julio de 1960. Es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid e ingresó en la Carrera Diplomática en 1987.
Ha estado destinada en las Embajadas de España en Rumanía, Dinamarca y Brasil, así como en la Representación Permanente de España ante la OTAN.
Ha sido Vocal Asesora del Departamento Internacional del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, en dos ocasiones, (de 1995 a 1996 y de 2005 a 2007) y Embajadora en misión especial para el Fomento de las Políticas de Igualdad de Género (de 2007 a 2008).
Fue Directora General de Cooperación Jurídica Internacional (2008-2010) y Directora General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones (2010-2012), en el Ministerio de Justicia, y Embajadora de España en Bosnia y Herzegovina (de 2012 a 2015).
Fue designada Embajadora en Misión Especial para Afganistán y Pakistán en 2015; y ha sido Subdirectora General de Seguridad en la Dirección General de Política Exterior y de Seguridad (2016-2018) y Directora General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (2018-2020).
Desde 2020, era la Directora del Departamento de Unión Europea del Gabinete de la Presidencia del Gobierno.
Trabajo y Economía Social
Consejera del Consejo Económico y Social en representación de las organizaciones sindicales
Dª CRISTINA ESTÉVEZ NAVARRO.
Nació en Palma de Mallorca en 1974. Diplomada en Inglés, Alemán y Francés por el Estudi General Lul·lià; ha cursado, también, estudios de Derecho.
Trabajadora de grandes almacenes desde 1992 y afiliada a UGT desde 1998, es elegida delegada sindical por UGT en El Corte Inglés, en 2002, y, en 2005, pasa a ser integrante del Comité de Empresa.
En el 4º Congreso de la Federación de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego (CHTJ-UGT), en 2009, es elegida Secretaria Federal de Comercio (Área Grandes Almacenes). En el Congreso Constituyente de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (SMC-UGT), en 2014, es elegida Secretaria Federal de Grandes Almacenes y en el Congreso Constituyente de la nueva Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT), y, en 2016, es elegida Secretaria Federal de Comercio.
Además, es miembro del Comité Ejecutivo de UNI Global desde el 5º Congreso Mundial de la organización, celebrado en 2018.
El 43º Congreso Confederal de la Unión General de Trabajadores de España, celebrado en Valencia del 18 al 20 de mayo de 2021, la elige Secretaria de Política Institucional y Políticas Territoriales.
Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Director General del Español en el Mundo
D. GUILLERMO ESCRIBANO MANZANO
Nació en Madrid en 1974 y es licenciado en Derecho, pasando a formar parte de la carrera diplomática en 2002.
Ha sido jefe de servicio en la Subdirección General de Oriente Próximo (2003-2004), y secretario en la Embajada de España en Berlín (Alemania), encargándose de los asuntos consulares y administrativo (2004-2008).
También ha desempeñado los cargos de consejero cultural en la Embajada de España en Rabat (Marruecos) (2008-2012) y jefe del departamento de Cooperación y Promoción Cultural (MAEC-AECID) (2012-2015), así como secretario en la Embajada de España en Manila (Filipinas), encargándose de los asuntos culturales y administrativos (2015-2018)
Ocupó la segunda jefatura en la Embajada de España en Varsovia (Polonia) (2018-2021) y luego pasó a ser subdirector General de Coherencia de la Acción Exterior.
Desde octubre de 2021 era vocal asesor en el Gabinete de la Ministra de Política Territorial.
Embajador de España en la República de Colombia
D. JOAQUÍN MARÍA DE ARÍSTEGUI LABORDE
Nacido en Madrid en 1966, estudió en el Colegio Nuestra Señora del Pilar y es licenciado en derecho por la Universidad Autónoma (UAM). Ingresó en la Carrera Diplomática en 1992.
A lo largo de sus más de 29 años de servicio ha ocupado diversos puestos técnicos y directivos en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en el Comité Organizador de los Juegos Olímpicos de Barcelona (COOB 92), en las Direcciones Generales de Europa, Asia-Pacífico y Relaciones Económicas Internacionales, así como en la Oficina del Alto Comisionado del Gobierno para la Marca España. En 2018 fue nombrado director general de la Oficina de España Global, en la Secretaria de Estado para la España Global.
En el exterior ha estado destinado en las Embajadas en Bucarest, San Salvador, Bangkok, La Haya y Ginebra (Naciones Unidas y OO. II); también ha sido cónsul General en Pekín (RP China) y Lyon (Francia). Fue embajador en Ginebra (alterno ante Naciones Unidas y OO. II,), de 2007 a 2009, y en Trinidad y Tobago, Barbados, Santa Lucía, Granada, Surinam, Guayana, San Vicente y las Granadinas y ante la Comunidad del Caribe (CARICOM), de 2010 a 2014.
Hasta junio de 2021 fue director General de Deportes, en la Secretaría de Estado para el Deporte (Consejo Superior de Deportes, Ministerio de Cultura y Deporte).
Agricultura, Pesca y Alimentación
Subsecretario.-
ERNESTO ABATI GARCÍA-MANSO
Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid y funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Trabajó en el Ministerio de Administraciones Públicas como jefe adjunto del Gabinete del Subsecretario, Subdirector General de Procedimientos y Racionalización de la Gestión y subdirector General de Simplificación Administrativa y Programas de Atención al Ciudadano, participando en la redacción y tramitación de diversas normas como los anteproyectos de la Ley Orgánica 5/1992 de Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Público, así como sus desarrollos reglamentarios. Fue miembro del Grupo de expertos de alto nivel Mandelkern de la UE para la mejora de la regulación.
Coordinó programas de modernización como el programa de Imagen Institucional de la Administración General del Estado, los Planes de Simplificación, Ventanilla Única, Ventanilla Única Empresarial y Red 060.
Ha sido secretario General de la Dirección General de Tráfico, Director de Administración y Medios de Patrimonio Nacional, subdirector General de Administración Financiera y Oficialía Mayor del Ministerio de Economía y Empresa, gerente del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y secretario General Técnico-director del Secretariado del Gobierno.
Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno.-
D. ALBERTO GARCÍA GONZÁLEZ
Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1998-2003).
Es funcionario del Cuerpo de Abogados del Estado desde 2006 y ha ejercido como secretario General Técnico del Ministerio de Cultura y Deporte desde enero de 2020.
También ha sido abogado del Estado en la Audiencia Nacional (2019-2020) y director de Relaciones Jurídicas con Entidades Participadas y vicesecretario de la Comisión Rectora del FROB (2018-2019); abogado del Estado en el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (2013- 2018), en los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (2012- 2013) y en Alicante (2007-2012).
Asimismo, ha ejercido la coordinación de los Convenios de Asistencia Jurídica suscritos por la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado con la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), Hulleras del Norte S. A. (HUNOSA), S.M.E., Corporación Radio Televisión Española, S.M.E.,Estatal Hipódromo de la Zarzuela, S.A. AENA Aeropuertos, Fundación General CSIC y Fundación Lázaro Galdiano.
Fue vocal del Comité de Auditoría de Cuentas del Instituto de Contabilidad de Auditoría de Cuentas (ICAC) de 2016 a 2018 y secretario del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana (Sala desconcentrada de Alicante) de 2009 a 2011.
Es también coautor de diferentes publicaciones en el ámbito del Derecho Administrativo y ponente en seminarios y cursos.
Cultura y Deporte
Secretaria General Técnica.-
Dª LAURA CADENAS LÁZARO
Licenciada en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid y Máster en Derecho Internacional Penal por la Universidad de Sussex
Ha sido jefa del Gabinete Técnico de la Subsecretaría del Ministerio de Universidades desde febrero del 2020.
Con anterioridad ha ejercido como subdirectora general económico-administrativa del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y vocal asesora de Secretaría General de ese mismo organismo, perteneciente Ministerio de Cultura y Deporte.
También ha ejercido de jefa de área de Contratación en la Subdirección General de Contratación Centralizada de s, del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Asimismo, ha ocupado puestos en las Secretarias Generales de la Fundación del Teatro Real, de la Agencia Española de Protección de Datos y de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).